Estereotipos

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Por Daniela López Testa.

Aristóteles decía que el hombre era un bípedo implume. Esa definición es maravillosa, pues deja la puerta abierta para ser muchas cosas en el intermezzo.

Hay definiciones que, valga la redundancia, definen poco y, por tanto, dejan mucho espacio al ser y otras que lo cercenan. Los estereotipos son del segundo tipo. Pareciera que el papel de alguien está totalmente guionado. Como si existiera una inteligencia superior que describe a los personajes y les asigna su forma de ser ex ante.  

El problema del estereotipo es que, como la cama de Procusto, recorta todo lo que sobresale, y estira lo que no alcanza para hacerlo encajar. Allí, “el hombre” no es la medida de todas las cosas, sino que el estereotipo lo es. 

Los seres humanos somos seres complejos. La identidad nuestra muta en el tiempo. A veces nos sentimos radiantes, a veces, abatidos. A veces queremos mostrarnos, a veces queremos que nadie nos vea. A veces somos autoconscientes de lo que somos, a veces nuestras sombras nos devoran. Si tuviéramos que encontrar una mejor definición sería quizás la de Heidegger que decía que el ser se manifiesta ocultándose y des-ocultándose. 

Las mujeres en la historia supimos sufrir lo que es vivir según estereotipos. 

Los estereotipos de lo femenino existieron siempre, desde la mitología, a la biblia, pasando por la literatura, el folclore, el cine. Así, la mujer ha encarnado el personaje de madre abnegada al estilo Virgen María, o el personaje de prostituta de María Magdalena. También existieron las “brujas”, o trasmisoras de los saberes de los oráculos y las diosas vestales, vírgenes dedicadas al cuidado del fuego, para nombrar sólo algunos ejemplos. 

Carl Jung hablaba de arquetipos, como patrones e imágenes instintivos y universales que residen arraigados en el inconsciente colectivo humano. Así en torno a lo femenino, él identificaba el de la madre, la doncella, la reina, la cazadora, la sabia, la mística y la amante. 

Los estereotipos parecen querer reducir la complejidad del mundo. Parecen inofensivos, pero no lo son. Ellos encarcelan, caricaturizan, encorsetan la complejidad de las personalidades, ocultan la riqueza de la forma de ser, suprimen las ambigüedades de todo ser humano. Son simplistas, pero también prejuiciosos, perpetúan jerarquías sociales perjudiciales. 

Y si encima ellos se reproducen en los medios de comunicación, su repetición daña, pues se acaban interiorizando como sesgos de género, lo que conduce a acabar viendo ciertas cosas como normales. 

Ello produce violencia de género en su faz simbólica. La Ley 26.485, de protección integral de las mujeres, en su art. 5 inciso 5 define a este tipo de violencia: como aquella que, a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos transmite y reproduce dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad.

Por suerte los estereotipos de género se empiezan a volver culturalmente inaceptables. Hoy cada vez se toleran menos las representaciones de mujeres desde el sexismo tanto en cine, como en la televisión y en la prensa en general. No obstante, lo cultural es un bagaje que se hace de capas geológicas imposibles de erosionar de una sola vez. La cancelación actúa de a poco. 

Todavía quedan algunas representaciones de la mujer basadas en estereotipos tolerados. Por ejemplo, en el año 2022 la Corte Suprema de la Nación resolvió el caso Denegri en el que se discutía si existía en Argentina un derecho al olvido digital, para contenido que resultaba lesivos del honor y de la privacidad.

La actora había participado con 18 años (hace 20 años) en programas de televisión y noticias periodísticas, como las de Mauro Viale, en los que se peleaba, incluso yéndose hasta las manos, con otra chica de su edad (Samanta Farjat), en el marco del caso Coppola. Esta causa había comenzado con un allanamiento en la casa de Guillermo Coppola, representante de Diego Maradorna, en la que se había encontrado cocaína en un jarrón. Ello derivó en numerosos operativos, en los que quedaron involucradas Denegri y Samanta Farjat. Se creía que Coppola, formaba parte de una organización que se dedicaba a la comercialización de estupefacientes en la costa atlántica. Pero luego se demostró que la causa habría sido montada por un juez que se dedicaba a “armar causas” para extorsionar a personajes públicos. 

Hoy, Natalia Denegri, reside en Estados Unidos y se desempeña como empresaria y conductora de tv, habiendo sido galardonada con numerosos premios Emmy por su labor en los medios y es embajadora de fundaciones solidarias. Por lo que también ha sido reconocida en el Congreso de los Estados Unidos. En este marco, se entiende también lo que puede perjudicar a una figura pública este tipo de contenido amarillista. Hoy tales videos están disponibles en la web al colocar el nombre Natalia Denegri en el motor de búsqueda de google. 

Ahora bien, hay que diferenciar lo que son las noticias sobre la investigación en torno a la causa, que no deben ser borradas o desindexadas, pues efectivamente son parte de la historia; de los videos de los programas de Mauro Viale de dudosa calidad periodística. 

La Corte no hizo la diferenciación entre noticias del caso y los videos amarillistas, por lo que, desde una consideración global, negó que haya un derecho al olvido digital en Argentina. Así sostuvo que “la idea de que la información que formó parte de nuestro debate público en torno a la mentada investigación penal pierde sus atributos por el mero paso del tiempo, pone en serio riesgo la historia como también el ejercicio de la memoria social que se nutre de los diferentes hechos de la cultura, aun cuando el pasado se nos refleje como inaceptable y ofensivo para los estándares de la actualidad”. 

Aquí es necesario hacer notar que, si bien, las peleas de las chicas parecían espontáneas, estaban guionadas por la productora como se comprobó en el expediente. Y este dato no resulta menor pensando en estereotipos. Asimismo, esos videos en los que dos mujeres se agreden, difícilmente, constituyen información y no hacen al debate público. Además, no es el pasado lo ofensivo sino la representación que se hace de la mujer en tales videos. Ellas aparecen como las “chicas” problemáticas que acompañan a los supuestos “narcotraficantes”. 

La Corte hace hincapié en que la información no es lesiva, sino que Denegri es una persona pública que se sometió voluntariamente a tales programas por lo que desindexar esos videos implicaría una violación a la libertad de expresión.

Para llegar a tales conclusiones el máximo tribunal habría ponderado diversos factores siguiendo el razonamiento del Procurador General Víctor E. Abramovich, como ser que el contenido de la información, no sólo era otorgado voluntariamente por la protagonista, sino también que no era ilícito, ni dañoso, ni discriminatorio, ni incitaba a la violencia, ni a la comisión de delitos, ni difamatorio, por lo que no se consideró que procedía la restricción a la libertad de expresión. 

Sin embargo, al no considerar los estereotipos representados en los videos, no se incorporó en la ponderación como un argumento de peso, la perspectiva de género. El daño no es sólo para Natalia Denegri, el daño es para todas las mujeres. 

No es opción para nuestro país eliminar los estereotipos, es una obligación. Su omisión hace al Estado internacionalmente responsable. Así, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw) en el art. 5 establece que los Estados parte deben tomar medidas para modificar “los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres”. 

En sintonía con esto, la Ley 26.485 de protección integral de las mujeres, en su art. 2 inciso e) obliga a la remoción de patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres. 

En conclusión, para evitar que esto vuelva a suceder hace falta que los medios se capaciten en cuestiones de género, pero también que la justicie falle con perspectiva de género sin revictimizar en casos de delitos, sin estereotipar. 

En cuanto al derecho al olvido, es necesario que haya una ley que lo consagre y detalle los pormenores para que se pueda ejercer, para que no dependamos de una construcción pretoriana. 

Un organismo del Estado, como la Corte Suprema de la Nación, no puede ejercer violencia simbólica, porque de lo contrario, ella se convierte también en violencia institucional. 

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