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Cuando los jueces son juzgados

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Por Marcela Zadoff.

   “Triste nación la que debe juzgar a sus jueces” 

Tato Bores.

El espíritu de las leyes

Tal como plantea Alberdi en su libro de 1852, “Organización de la Confederación Argentina”, al reflexionar acerca de las características de la Constitución Nacional Argentina: “La justicia es la primera deuda de la libertad; sin justicia no hay República.”

Por lo tanto, auditar a las instituciones y a los miembros que las componen es parte de la buena salud del sistema democrático. Las instituciones son necesarias en la sociedad por ser el modo en que se interrelacionan los ciudadanos, deben ser transparentes y ejemplares. En caso de mal desempeño, se debe juzgar indiscutiblemente, porque nadie está por encima de la Ley.

La ley que permite juzgar a un juez data de 1998 (ley 24.937) y establece entre sus causales: mal desempeño, delitos, corrupción, faltas éticas graves, abuso de autoridad, violencia verbal, incapacidad moral o funcional.

También es preciso aclarar que desde 2002 Argentina adhiere al IHRA (International Holocaust Remembrance Alliance, en español Alianza Internacional para la Memoria del Holocausto). Desde 2019 adoptamos su definición de antisemitismo.

El caso más reciente de jury resultó en la destitución del juez (ahora exjuez) federal del Juzgado n° 4 de Mar del Plata Alfredo López, acusado desde 2025 de mal desempeño y discriminación. El 11 de abril de ese año presentó la renuncia, que no fue aceptada.

Acorde a la ley, si se acepta la renuncia de un juez antes del jury, ya no será juzgado, pierde su sueldo (en la actualidad, de aproximadamente cuatro millones de pesos) y se jubila con un monto similar y su prestigio inmaculado. En cambio, un juez destituido deja de cobrar el sueldo y pasa a Anses para jubilarse, con un cálculo de haberes inferior y queda enlodado bajo las causales certificadas por la sentencia.

Al estar suspendido, rige la presunción de inocencia y cobra su sueldo completo hasta la sentencia.

Al ser acusado por mal desempeño y discriminación se refiere explícitamente a declaraciones antisemitas proferidas en redes sociales, como cuarenta mensajes en X/ twitter de contenido antisemita, hostigamiento digital, difusión de falsas teorías conspirativas. El exjuez reconoció la autoría de dichos mensajes y en su defensa argumentó sobre la libertad de expresión. 

Los dichos de López

“Judíos raza de víboras”. 

“Cínicos”. 

“Extranjeros” (en respuesta a mensajes de usuarios de redes de apellidos judíos).

“Israel: es un Estado ficticio, una farsa”.

“El grupo terrorista Hamas es una creación de Israel”.

“Son genocidas”.

El Jurado de enjuiciamiento de magistrados de la Nación lo juzga mediante un tribunal de siete miembros, en el caso que nos convoca se trata de dos jueces, Marcelo Gastón Bartumeu Romero, Néstor Pablo Barral; legisladores nacionales como las Senadoras María Belén Montes de Oca y María Florencia López, los Diputados Nicolás Mayoraz y Christian Alejandro Zulli junto a la abogada Ana Beatriz Fernández.

El Consejo de la Magistratura formuló la acusación en las palabras de Alberto Maques y del Senador Luis Juez. 

Se sumaron a la denuncia la DAIA (Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas) con Gabriel Camiser, la Diputada Sabrina Ajmechet, quien preside el Foro Argentino contra el Antisemitismo y la Fundación Apolo mediante dos de sus abogados, Yamil Santoro y José Magioncalda. 

Antisemitismo y Discurso de Odio

Este es el primer juicio político por antisemitismo, según expresó el Senador Luis Juez los mensajes forman un patrón sistemático de hostilidad hacia la comunidad judía e Israel, sus falsas acusaciones coinciden con la definición de antisemitismo de la IHRA.

La definición literal de antisemitismo adoptada por la IHRA (Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto) el 26 de mayo de 2016 es la siguiente: 

«El antisemitismo es una cierta percepción de los judíos que puede expresarse como el odio a los judíos.

Las manifestaciones físicas y retóricas del antisemitismo se dirigen a las personas judías o no judías y/o a sus bienes, a las instituciones de las comunidades judías y a sus lugares de culto».  

Luego de la sentencia, las expresiones en redes sociales no se hicieron esperar y quienes confunden, como López, libertad de expresión con discurso de odio y discriminación no advierten dos verdades básicas: La primera es que un juez debe expresarse a través de sus sentencias, no a través de redes sociales o conductas públicas que muestren algún tipo de parcialidad. La segunda es que los prejuicios (nunca tan acertada la definición de un pre-juicio) afectan su desempeño. 

Podemos revisar los casos de jury en Argentina, que tuvieron diversos resultados, algunos jueces fueron absueltos y otros destituidos, algunos presentaron su renuncia antes de ser juzgados y se retiraron silbando bajito.

Para facilitar la lectura podemos presentarlos en un cuadro: 

año Juez  Juzgado de… causa resultado
2005 Luis Brusa Santa Fe Delitos de lesa humanidad destituido
2006 Víctor Brusa Santa Fe Torturas durante la dictadura destituido
2010 Claudio Gutiérrez Neuquén Violencia laboral absuelto
2011 Luis Miret Mendoza Complicidad con delitos de lesa humanidad destituido
2011 Otilio Romano Mendoza  Participación en crímenes durante la dictadura destituido
2014 Federico Hooft Mar del Plata Acusado de señalar personas como terroristas durante la dictadura absuelto
2016 Carlos Rozanski La Plata Abuso de autoridad y maltrato laboral renuncia aceptada
2016 Norberto Oyarbide Comodoro Py Mal desempeño renuncia aceptada
2017 Eduardo Freiler Cámara Federal Enriquecimiento ilícito destituido
2018 Juan José Galeano Causa Amia Pago ilegal a un testigo entre otras irregularidades graves destituido
2024  Walter Bento Mendoza Asociación ilícita, coimas, enriquecimiento ilícito  destituido
2024  Martín Podestá Mar del Plata Corrupción, manejo irregular de causas destituido
2025 Alfredo López Mar del Plata  Mal desempeño, discriminación destituido
2025 Pablo Díaz Lacava La Pampa Maltrato laboral, abuso de autoridad En curso

Al gran pueblo argentino: Salud

De este modo la Justicia es auditada y los jueces que no se desempeñan adecuadamente y/o cometen delitos son excluidos. En definitiva, el jury no es un mecanismo punitivo sino una herramienta de preservación institucional: garantiza que la función judicial permanezca libre de arbitrariedades, prejuicios y abusos, y que quienes ejercen el poder más delicado del Estado —el de juzgar— lo hagan con la imparcialidad que la República exige. La destitución de un juez no es una tragedia para la Nación; la verdadera tragedia sería tolerar que quienes deben proteger los derechos de todos vulneren los principios que los sustentan. Auditar, juzgar y remover a quienes incumplen su deber no debilita a la Justicia: la fortalece y la devuelve a su lugar de autoridad legítima.

 

7 COMENTARIOS

  1. Con el mismo criterio y fuerza legal deberían militares y fuerzas de seguridad contar con herramientas que permitan con su accionar preservar dichas instituciones y velar para tranquilidad y resguardo de la ciudadanía no corrupta, que somos la mayoría

  2. Estamos mejorando pero del problema es de origen. Hay que tener un sistema que al elegirlos sea más exigente. Tenemos en Córdoba un miembro del tribunal superior que
    era ministro de Schiaretti.

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