InicioFilosofía del derecho¿Hasta dónde puede llegar el Estado con nuestro dinero?

¿Hasta dónde puede llegar el Estado con nuestro dinero?

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Por Karin Reynoso Auad. 

«¿Pues qué propiedad tendría yo si otro ostentara el derecho de quitármela cuando gustase, y de quedársela él?

John Locke, Segundo tratado sobre el gobierno civil, §140.

Como bien sabemos, el Estado necesita recursos para funcionar. Para obtenerlos, cuenta con la potestad de establecer impuestos y otras contribuciones que deben ser pagadas obligatoriamente por los ciudadanos. Estos recursos permiten financiar las distintas funciones que desarrolla el Estado. Sin embargo, los impuestos implican necesariamente que una parte de los bienes o ingresos de las personas sea destinada al Estado.

El problema adquiere una dimensión filosófica cuando nos preguntamos cuál es la finalidad que justifica la existencia misma del Estado. Una de las respuestas más influyentes fue desarrollada por John Locke, para quien los individuos abandonan el estado de naturaleza y forman una sociedad política con el propósito de proteger de una manera más segura su vida, su libertad y su propiedad.

Pero si el Estado se constituye para proteger esos derechos, surge una pregunta: ¿cómo puede financiarse sin afectar la propiedad de las mismas personas que debe proteger?

Esta cuestión puede analizarse a partir de las ideas de John Locke y Robert Nozick, quienes reflexionaron sobre la relación entre el Estado, la propiedad y la libertad individual desde perspectivas diferentes. A su vez, esta discusión encuentra una manifestación concreta en la Constitución Nacional Argentina, que reconoce tanto la potestad del Estado para establecer contribuciones como la protección del derecho de propiedad.

Mi intención en este trabajo es sostener que la potestad tributaria del Estado no puede entenderse como un poder ilimitado sobre la propiedad de los ciudadanos, sino que debe encontrar límites que permitan compatibilizar la necesidad de financiar al Estado con la protección de los derechos individuales.

Para John Locke, los hombres se encuentran originalmente en un estado de naturaleza, en el cual son libres e iguales. Sin embargo, esta situación presenta dificultades, ya que no existe una autoridad común encargada de garantizar de manera segura los derechos de todos. Por este motivo, los individuos deciden abandonar el estado de naturaleza y unirse en una sociedad política.

La finalidad de este acuerdo es preservar de una manera más segura la vida, la libertad y la propiedad de cada persona. Al ingresar en la sociedad política, los individuos entregan determinadas facultades al poder político con la intención de obtener una protección que en el estado de naturaleza resulta insegura.

Por lo tanto, para Locke, el poder político no surge como un poder ilimitado sobre los individuos, sino como una autoridad que encuentra su razón de ser en la protección de aquellos derechos que llevaron a los hombres a formar una sociedad.

Pero entonces surge una pregunta inevitable: ¿cómo podría funcionar el Estado si no contara con los recursos de sus propios ciudadanos Locke reconoce que los gobiernos necesitan recursos para poder mantenerse y cumplir las funciones para las cuales fueron constituidos. Por esta razón, no rechaza la existencia de contribuciones. Sin embargo, sostiene que el poder político no puede apropiarse de una parte de la propiedad de una persona sin el consentimiento de la sociedad.

En el §140 del Segundo tratado sobre el gobierno civil, Locke afirma que quienes reciben la protección del gobierno deben contribuir a su mantenimiento, pero que esa contribución debe realizarse con el consentimiento de los ciudadanos, ya sea directamente o mediante sus representantes. Esto no significa que cada individuo deba aceptar personalmente cada impuesto, sino que las contribuciones deben surgir de los mecanismos mediante los cuales la comunidad política expresa su voluntad.

Pero esta idea plantea una nueva cuestión. ¿Es suficiente con que un impuesto haya sido aprobado mediante los mecanismos correspondientes para considerarlo legítimo?

Considero que no necesariamente. Que un tributo haya sido establecido mediante una ley significa que cumple con una condición necesaria para poder ser exigido, pero no significa que cualquier contenido de esa ley sea necesariamente justo. Esto permite distinguir entre la legalidad formal de un impuesto y la legitimidad material de la carga que impone sobre los ciudadanos. En otras palabras, no basta con preguntarnos si el Estado tiene autorización legal para cobrar un determinado impuesto; también debemos preguntarnos si aquello que exige resulta justificable frente a los derechos de quienes deben soportarlo.

Robert Nozick permite profundizar esta cuestión. En Anarquía, Estado y utopía, al analizar la tributación sobre los ingresos provenientes del trabajo, plantea una comparación entre los impuestos y el trabajo forzado. Esta comparación es discutida, ya que no todos consideran que pagar impuestos pueda equipararse a ser obligado a trabajar. Sin embargo, desde la posición que sostengo en este trabajo, considero válida la comparación.

Su argumento parte de una idea sencilla: una persona que trabaja obtiene un ingreso como resultado de su propio trabajo y puede decidir qué hacer con él. Cuando el Estado toma mediante impuestos una parte de ese ingreso, está tomando también una parte del resultado de las horas que esa persona dedicó a trabajar.

Desde esta perspectiva, la tributación no solamente afecta una propiedad que ya posee el individuo, sino que puede afectar también las decisiones que toma respecto de su propio tiempo y del fruto de su trabajo. Por eso, considero que los impuestos pueden entenderse como una forma de trabajo forzado en la medida en que el Estado se apropia de una parte del resultado del trabajo de una persona sin que esta pueda decidir libremente conservarlo.

La discusión filosófica adquiere una dimensión jurídica concreta cuando observamos la Constitución Nacional Argentina. El artículo 4 establece que el Gobierno federal provee a los gastos de la Nación mediante los recursos que integran el Tesoro nacional, entre ellos las contribuciones que imponga el Congreso. Por lo tanto, nuestra Constitución reconoce que el funcionamiento del Estado requiere recursos provenientes de los ciudadanos.

Sin embargo, esta potestad no aparece aislada del derecho de propiedad. El artículo 17 establece que la propiedad es inviolable y determina que corresponde al Congreso imponer las contribuciones previstas constitucionalmente. Por su parte, el artículo 16 establece que la igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas. El artículo 75, inciso 2, también reconoce la facultad del Congreso para establecer contribuciones y establece criterios vinculados con su finalidad y distribución.

De esta manera, el sistema constitucional argentino no plantea una oposición absoluta entre el derecho de propiedad y la potestad tributaria. Reconoce que el Estado necesita recursos para funcionar, pero también establece un marco dentro del cual puede ejercer su poder tributario. Mi posición entra en cierta tensión con este modelo, ya que considero que el poder tributario del Estado debería estar más limitado. Si bien reconozco la necesidad de que el Estado recaude para cumplir sus funciones, considero que esa facultad no debería extenderse indefinidamente ni afectar de manera excesiva la propiedad y el trabajo de los ciudadanos.

Por lo tanto, el problema no consiste en determinar si debe existir o no una potestad tributaria. La propia Constitución reconoce su existencia. La cuestión que considero más interesante es hasta dónde debería extenderse esa potestad y qué límites deberían impedir que la necesidad de recaudar se transforme en un poder excesivo sobre los ciudadanos.

A partir de lo analizado, considero que los impuestos son necesarios para que el Estado pueda cumplir funciones fundamentales. Sin recursos sería difícil garantizar cuestiones esenciales como la justicia, la seguridad y la defensa.

Sin embargo, creo que esas funciones deben tener un límite. Si el Estado fue constituido para proteger la vida, la libertad y la propiedad de las personas, considero razonable que concentre principalmente sus recursos en aquellas funciones relacionadas directamente con esa finalidad. Esto no significa negar que puedan existir otras necesidades sociales, sino reconocer que los recursos de los ciudadanos son limitados.

Por ejemplo, pensemos en una persona que decide trabajar horas adicionales para ahorrar y comprar un automóvil. Si una parte de ese ingreso adicional es destinada obligatoriamente al Estado mediante impuestos, esa persona tendrá que trabajar todavía más para alcanzar el mismo objetivo, o deberá renunciar a una parte de aquello que pretendía obtener. En este caso, la cuestión no es simplemente cuánto dinero recibe el Estado, sino cuánto puede intervenir sobre el resultado de una decisión que una persona tomó respecto de su propio trabajo.

Por eso, considero que la existencia de una necesidad estatal no debería ser suficiente por sí sola para justificar cualquier nueva carga tributaria. Debería existir una finalidad que pueda justificarse y una relación razonable entre lo que se exige a los ciudadanos y aquello que se pretende alcanzar. Además, la carga no debería llegar a un punto en el que afecte de manera sustancial la propiedad de una persona.

Una posible objeción es que las sociedades modernas tienen necesidades que van más allá de la justicia, la seguridad y la defensa, como la salud, la educación o la infraestructura.

Desde esta perspectiva, limitar las funciones estatales principalmente a esas áreas podría resultar insuficiente para responder a las necesidades de una sociedad moderna.

Reconozco que estas necesidades existen y que algunas pueden requerir una intervención estatal. Sin embargo, considero que no toda necesidad debe convertirse automáticamente en una función del Estado financiada mediante una mayor carga tributaria. Para determinarlo, debería preguntarse si esa necesidad requiere realmente una intervención estatal, cuál es la finalidad que se pretende alcanzar y si la carga que se impone guarda una relación razonable con ella.

En este sentido, considero que el Estado puede y debe recaudar los recursos necesarios para funcionar, pero no por el simple hecho de tener la facultad de hacerlo. La necesidad de financiar al Estado no puede convertirse en una autorización para ampliar indefinidamente su poder sobre la propiedad y el trabajo de los ciudadanos.

Las necesidades del Estado pueden crecer, pero los recursos de las personas son limitados. Por eso, el desafío consiste en encontrar un punto en el que el Estado pueda obtener los recursos necesarios para cumplir sus funciones sin que esa recaudación termine perjudicando aquello que, según Locke, constituye una de las razones fundamentales por las que los individuos decidieron formar una sociedad política: la protección de su vida, su libertad y su propiedad.

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