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La ley que decidimos no cumplir

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Por Fernando Crivelli Posse. 

“La corrupción más peligrosa no comienza cuando alguien viola una ley, sino cuando una sociedad se acostumbra a que la ley exista sin esperar seriamente que sea cumplida.”

Hay leyes que una sociedad sanciona para transformar su realidad y otras que, con el paso del tiempo, terminan revelando hasta qué punto esa realidad se resiste a ser transformada. La Ley 25.188 de Ética en el Ejercicio de la Función Pública pertenece, cada vez más, a esta segunda categoría.

Fue sancionada en 1999. Desde entonces, la Argentina tiene escrito que quienes ejercen la función pública deben actuar con honestidad, probidad, rectitud, buena fe y austeridad republicana; que deben privilegiar el interés público sobre el particular, proteger los bienes del Estado, transparentar sus decisiones y evitar beneficios indebidos. La ley agrega algo todavía más significativo: la conducta acorde con la ética pública constituye un requisito de permanencia en el cargo.

No son recomendaciones. No son fórmulas de cortesía institucional. Son deberes jurídicos.

Y acaso allí aparezca la primera paradoja. Lo extraordinario no es que esos principios hayan sido convertidos en ley. Lo extraordinario es que, más de un cuarto de siglo después, continuemos pronunciándolos como si todavía fueran una aspiración futura y no obligaciones vigentes desde hace décadas.

La Argentina no carece de normas. Tiene declaraciones juradas, incompatibilidades, regímenes de conflictos de intereses, reglas sobre obsequios, mecanismos de transparencia, auditorías, organismos de control, fiscales, jueces y delitos contra la administración pública. También tiene legislaciones provinciales y municipales destinadas, con distintos alcances, a ordenar el comportamiento de quienes administran lo público.

Lo que no hemos conseguido construir con la misma eficacia es una cultura que vuelva intolerable el incumplimiento.

Allí empieza un problema bastante más profundo que la existencia de funcionarios deshonestos.

La corrupción suele ser presentada como una anomalía individual: una persona encuentra una oportunidad, viola una norma y obtiene un beneficio. Esa explicación simplista puede alcanzar para comprender un expediente determinado, pero resulta insuficiente para comprender un fenómeno que atraviesa décadas. Cuando cambian los gobiernos, cambian los partidos y cambian los nombres, pero continúan apareciendo denuncias sobre contrataciones, intermediarios, conflictos de intereses, patrimonios, proveedores, influencias o utilización irregular de recursos públicos, llega un momento en que la pregunta debe cambiar.

Ya no alcanza con preguntarnos quién es corrupto.

Debemos preguntarnos qué características tiene nuestro sistema político e institucional para que la corrupción consiga sobrevivir a casi todos aquellos que prometieron terminar con ella.

La pregunta incomoda precisamente porque no permite refugiarse en una identidad partidaria. El problema no pertenece exclusivamente a una administración nacional, a una provincia, a un municipio ni a una tradición política determinada. Se reproduce bajo colores distintos porque ha encontrado algo más resistente que los gobiernos: hábitos, mecanismos, tolerancias y justificaciones capaces de atravesarlos.

Esto no significa que toda denuncia sea verdadera ni que toda persona señalada sea culpable. Una República que reclama ética pública debe respetar con idéntica convicción la presunción de inocencia. Una denuncia no reemplaza la prueba, una investigación no equivale a una condena y un titular periodístico jamás debería desempeñar la función de una sentencia.

Pero tampoco podemos utilizar ese principio para negarnos a observar aquello que permanece cuando retiramos los nombres propios.

La sospecha sobre la administración del Estado se ha vuelto una presencia casi cotidiana de nuestra vida política. Y la repetición produce un efecto particularmente corrosivo: el escándalo indigna; la reiteración acostumbra.

La primera vez preguntamos cómo pudo ocurrir. Después queremos saber quién fue. Con el tiempo empezamos a preguntar de qué partido era.

Y entonces aparece una de las frases más destructivas de nuestra cultura política: “los otros también lo hicieron”.

La expresión parece una defensa, pero en realidad contiene una confesión colectiva. No demuestra que una conducta sea correcta ni refuta el hecho que se discute. Simplemente reemplaza la norma por la comparación. Ya no interesa determinar si algo estuvo bien o mal, sino quién lo hizo antes, cuánto hizo el adversario o si existe otro caso todavía peor que permita relativizar el propio.

La ética deja de ser una vara y se convierte en un marcador.

Nos indignamos con una intensidad admirable cuando el acusado pertenece al espacio contrario y descubrimos una capacidad igualmente admirable para contextualizar, explicar o esperar cuando pertenece al propio. La conducta puede ser idéntica; lo que cambia es nuestra interpretación.

Una República no puede funcionar de esa manera. La ley no pregunta a quién votamos antes de establecer una obligación. Tampoco debería hacerlo nuestra conciencia cívica.

La Ley 25.188 ordena privilegiar el interés público sobre el particular. Puede parecer una fórmula administrativa, pero encierra una concepción completa de la función pública: quien administra aquello que pertenece a todos no recibe un privilegio; recibe una responsabilidad agravada.

El poder otorga facultades que el ciudadano común no posee. Precisamente por eso debe imponer límites que el ciudadano común tampoco necesita soportar. Un funcionario no puede comportarse simplemente como un particular que circunstancialmente ocupa un despacho. Administra decisiones, información y recursos que no le pertenecen y que existen para satisfacer finalidades públicas.

De allí surgen las declaraciones juradas, las incompatibilidades y los controles sobre conflictos de intereses. No porque el orden jurídico presuma que todo funcionario será corrupto, sino porque las instituciones republicanas parten de una idea mucho menos ingenua: el poder necesita límites incluso cuando confiamos en quien lo ejerce.

Sin embargo, seguimos esperando demasiado de la virtud individual y demasiado poco del funcionamiento efectivo de esos límites. Cada ciclo político parece buscar al dirigente incorruptible, al gobernador ejemplar, al intendente austero, al juez heroico o al funcionario capaz de resistir por sí solo todas las tentaciones del poder.

Pero las instituciones no fueron creadas para sociedades pobladas de héroes. Fueron creadas precisamente para que la honestidad pública no dependa de encontrar personas moralmente excepcionales.

En este contexto vuelve a aparecer el debate sobre Ficha Limpia. Es una discusión legítima y puede contribuir a elevar las condiciones exigidas para determinadas candidaturas. Pero sería un error convertirla en el centro del problema. Ninguna reforma puede reemplazar los controles durante una gestión ni garantizar la integridad de quien ya ejerce poder.

Podemos discutir con enorme severidad quién reúne condiciones para entrar al Estado y, simultáneamente, seguir tratando como formalidades muchas de las reglas destinadas a controlar lo que ocurre una vez adentro.

La contradicción sería perfecta: exigir limpieza en la puerta y resignarnos frente a la suciedad durante el ejercicio del poder.

Por eso la ética pública comienza antes de una candidatura y continúa mucho después de una elección. Comienza cuando los partidos seleccionan dirigentes, cuando los ciudadanos deciden qué conductas están dispuestos a tolerar a cambio de resultados, cuando un funcionario confunde confianza política con disponibilidad del Estado y cuando los organismos encargados de controlar olvidan que su primera lealtad no es hacia quien gobierna, sino hacia la función que cumplen.

También comienza en nosotros.

En la columna anterior sosteníamos que una democracia alcanza su madurez cuando los ciudadanos dejan de recibir sus valores de la política y comienzan a exigir que sea la política la que responda ante ellos. La corrupción coloca esa idea frente a su prueba más incómoda.

No alcanza con condenarla cuando pertenece al adversario ni con encontrar explicaciones cuando aparece entre los propios. La vara moral que cambia según el acusado deja de ser una vara: se transforma en pertenencia.

La Argentina no necesita descubrir la honestidad. Hace mucho tiempo que la proclama y hasta la convirtió en obligación jurídica. Nuestra materia pendiente es conseguir que esos deberes produzcan consecuencias institucionales, políticas, judiciales y sociales con independencia del apellido, del cargo o de la bandera de quien los incumpla.

Porque una República puede sobrevivir a un funcionario corrupto. Puede sobrevivir incluso a muchos.

Lo que difícilmente pueda atravesar indemne es una sociedad que haya aprendido a convivir con ellos y, peor todavía, a indignarse únicamente cuando pertenecen al bando contrario.

Pero la Ley 25.188 contiene otra exigencia que expone todavía mejor la distancia entre aquello que proclamamos y aquello que practicamos. Una expresión especialmente incómoda en un país donde, cada vez que llega una crisis, el poder vuelve a pedir paciencia, esfuerzo y sacrificios a los ciudadanos.

Dos palabras.

Austeridad republicana.

Continuará…

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