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El derecho a disentir

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Por Marcela Zadoff.

Con frecuencia acudimos a la queja como una válvula de escape frente a situaciones que nos incomodan. Comentamos lo sucedido, buscamos a quienes comparten nuestra indignación y repetimos una y otra vez aquello que nos molesta. Ese desahogo puede aliviarnos durante un instante, pero rara vez modifica la realidad que lo provoca. Los derechos necesitan algo más que indignación: deben conocerse, ejercerse y defenderse a través de los procedimientos que las instituciones ponen a nuestro alcance.

El derecho a la educación, consagrado por la Constitución Nacional y regulado por las leyes educativas, comprende el acceso a una escuela o una universidad, pero también la posibilidad de aprender en un ambiente de respeto, libertad y convivencia democrática. Ningún estudiante debería sentirse discriminado, acosado o condicionado por sus ideas, su identidad o sus convicciones. Tampoco debería aprender que algunas opiniones pueden expresarse con tranquilidad mientras otras deben callarse para evitar problemas.

Cuando estas garantías son vulneradas, la denuncia constituye una forma de participación. Denunciar significa registrar los hechos, reunir pruebas y recurrir a las autoridades responsables para que una situación concreta sea examinada. Exige abandonar el terreno impreciso del rumor y asumir el compromiso de sostener lo que se afirma. Una acusación sin pruebas puede convertirse en una nueva arbitrariedad. Una presentación responsable, en cambio, obliga a las instituciones a dar una respuesta.

En el caso de los menores de edad, corresponde que las familias acompañen a sus hijos ante las autoridades educativas y los organismos competentes. En el ámbito universitario existen defensorías y canales institucionales destinados a recibir consultas, reclamos y denuncias. La Universidad Nacional de Córdoba, por ejemplo, cuenta con una Defensoría de la Comunidad Universitaria. Una presentación debe describir con claridad lo sucedido, identificar a las personas involucradas y aportar mensajes, imágenes, documentos o testimonios que permitan evaluar el caso. Los derechos pierden fuerza cuando quedan reducidos a una conversación privada entre personas que ya están de acuerdo.

La Ley 23.592 protege frente a actos discriminatorios motivados, entre otras causas, por la ideología o la opinión política. Esto no convierte cualquier discusión, manifestación partidaria o expresión ideológica en una infracción. La universidad es un espacio destinado a la confrontación de ideas. Allí deben circular posiciones distintas, incluso aquellas que provocan rechazo o incomodidad. El problema aparece cuando alguien utiliza la autoridad que posee para restringir derechos, exigir adhesiones o castigar el desacuerdo.

Los docentes califican, evalúan y toman decisiones importantes para la trayectoria académica de sus estudiantes. Esa autoridad les impone una responsabilidad particular. Cuando un profesor utiliza el aula virtual para convocar personalmente a una marcha o a una actividad partidaria, el estudiante puede sentir que su respuesta será observada. Aunque la asistencia se presente como voluntaria, la relación de poder vuelve ambiguo ese consentimiento. Quien depende de la evaluación de otro no siempre se siente enteramente libre para negarse.

La libertad académica protege la exposición de ideas, el debate político y la discusión de los conflictos de una época. También protege el derecho del estudiante a cuestionar esas ideas, rechazarlas o mantenerse al margen de una convocatoria. Una universidad viva no puede pretender que sus docentes carezcan de convicciones políticas. Sí debe impedir que esas convicciones se conviertan en una prueba de lealtad para quienes están bajo su autoridad. En ese punto termina el intercambio intelectual y comienza el disciplinamiento.

Karl Popper formuló la paradoja de la tolerancia después de haber visto cómo las sociedades abiertas podían ser atacadas desde el interior por movimientos dispuestos a utilizar las libertades democráticas para destruirlas. Una tolerancia ilimitada, advirtió, puede conducir a la desaparición de la propia tolerancia. Su planteo no autoriza a perseguir opiniones incómodas ni a expulsar del debate a quien piensa distinto. Señala un límite: una comunidad abierta no está obligada a permanecer indefensa frente a quienes abandonan la discusión y recurren a la intimidación, la violencia o la supresión de la libertad ajena.

La universidad enfrenta su propia versión de esta paradoja. Debe admitir posiciones políticas enfrentadas, discusiones intensas y expresiones capaces de incomodar a la mayoría. Esa apertura forma parte de su razón de ser. Pero no puede permanecer indiferente cuando una persona investida de autoridad transforma su ideología en una exigencia, utiliza los canales académicos para reclutar adhesiones o coloca al estudiante ante la sospecha de que disentir tendrá consecuencias.

Tolerar una idea significa reconocer el derecho de alguien a expresarla. No obliga a aceptar que sea impuesta desde una posición de poder. Un docente puede sostener convicciones políticas, compartirlas y someterlas a discusión. Lo que no debería hacer es utilizarlas para clasificar moralmente a sus estudiantes, señalar a quienes no adhieren o convertir una preferencia partidaria en condición tácita de pertenencia. El aula deja entonces de ser un espacio de conocimiento y comienza a funcionar como un territorio de obediencia.

La paradoja también alcanza a quienes denuncian estas prácticas. Invocar la libertad no habilita a descalificar de antemano a movimientos políticos, feminismos, minorías o colectivos enteros. Cuando la crítica al dogmatismo responde mediante insultos, estigmatizaciones y generalizaciones, pierde su legitimidad. La intolerancia cambia de manos, pero conserva su mecanismo: divide a las personas entre quienes merecen hablar y quienes deben ser silenciadas.

Defender el derecho a disentir exige aceptar que ese derecho pertenece también a quienes sostienen ideas que rechazamos. Allí reside su dificultad. Resulta sencillo reclamar libertad para las opiniones propias. El verdadero compromiso democrático comienza cuando reconocemos esa misma libertad en el otro, siempre que su conducta no avance sobre los derechos ajenos ni recurra a la violencia para cerrar la discusión.

Las universidades deben proteger la expresión de todas las posiciones y actuar cuando alguna intenta imponerse mediante amenazas, hostigamiento, agresiones o abuso de autoridad. La violencia verbal, la intimidación y las agresiones físicas deben ser denunciadas cualquiera sea su procedencia. Ninguna causa vuelve aceptable una patota. Ninguna convicción justifica convertir al adversario en un enemigo al que se puede perseguir, humillar o expulsar.

El desacuerdo no empobrece la vida universitaria: la mantiene viva. Una comunidad en la que todos repiten las mismas palabras puede parecer ordenada, pero ha dejado de pensar. La función de la universidad consiste en enseñar a sostener el conflicto sin destruir a quien se encuentra del otro lado. Su responsabilidad no es indicar qué deben pensar sus integrantes, sino garantizar que ninguno de ellos pague un precio por pensar de otra manera.

La tolerancia no puede ser una excusa para la indiferencia. Frente a una presión, una amenaza o un acto de discriminación, corresponde intervenir. Pero esa intervención debe apoyarse en hechos, pruebas y procedimientos. De otro modo, la defensa de la libertad puede terminar convertida en una cacería contra quienes tienen ideas diferentes.

Ser protagonistas de las mejoras que deseamos implica abandonar la comodidad de la queja. Implica conocer nuestros derechos, registrar las situaciones que los vulneran, recurrir a las instituciones y sostener la propia voz aun cuando contradiga a la mayoría. También implica escuchar aquello que no queremos escuchar y distinguir una opinión incómoda de un verdadero abuso de poder.

Los derechos no se piden. Se ejercen. Y entre ellos existe uno que ninguna institución educativa debería debilitar: el derecho a disentir.

Entes para gestionar reclamos:

En caso de menores de edad (nivel primario y secundario) se denuncia en la Defensoría del Pueblo de la provincia de Córdoba, en el sitio web defensoriacordoba.gob.ar 

A nivel nacional en el Área de Convivencia Escolar del ministerio de Capital Humano a la línea gratuita 0800-222-1197.

En la Universidad Nacional de Córdoba se gestiona personalmente en la Defensoría respectiva, en el ala oeste del Pabellón Argentina, 1er piso, de lunes a viernes de 9:00 a 13:00 hs., teléfono fijo (0351) 5353629, puede ser también ingresando al sitio web defensoría.unc.edu.ar y por email a [email protected]

A nivel nacional por email al subsecretario de Políticas Universitarias de la Nación, dependiente del ministerio de Capital Humano. Dirigirse a Alejandro Álvarez mediante el email [email protected]

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