InicioActualidadINCLUIR NO ES UBICAR

INCLUIR NO ES UBICAR

Publicado el

Por Marcelo Velasco.

«Tengo un sistema operativo diferente. No estoy roto.» 

 John Elder Robison.

La frase permite pensar el autismo no como una falla que deba ser reparada, sino como una forma distinta de procesar, aprender y relacionarse con el mundo. Desde esa mirada, la inclusión educativa no se agota en abrir la puerta del aula: exige apoyos, ajustes, comunicación accesible, entornos previsibles y una institución dispuesta a revisar sus propias barreras.

Argentina reconoce el derecho de las personas con discapacidad a una educación inclusiva y a recibir los apoyos que necesiten. Pero entre sentar a un alumno dentro de un aula y construir las condiciones para que pueda aprender, comunicarse y participar existe una distancia que ninguna ley puede recorrer por sí sola. 

Para ver esa distancia con mayor claridad, pensemos en una escena posible.

Un alumno con trastorno del espectro autista está sentado dentro de un aula común, tiene matrícula, está en la lista, comparte un horario, espacio y docentes con sus compañeros. La puerta de la escuela se abrió y él está adentro…¿Está incluido?

La respuesta parece sencilla hasta que dejamos de mirar dónde está sentado y empezamos a preguntarnos qué sucede alrededor suyo.

¿Comprende cómo se organiza la jornada? ¿Las consignas son accesibles? ¿El entorno contempla sus necesidades sensoriales? ¿Puede participar o solo permanecer?

Entonces la palabra “inclusión” empieza a complicarse, y quizás sea bueno que así ocurra.

Porque pocas palabras generan hoy tanto consenso y, al mismo tiempo, admiten significados tan distintos. Podemos estar todos de acuerdo con la inclusión y estar hablando de cosas completamente diferentes.

En este sentido, incluir no significa que todos hagan lo mismo bajo idénticas condiciones, sino que cada estudiante pueda acceder, comprender, participar y progresar con los apoyos que su situación requiere.

El derecho argentino ofrece una primera pista. La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la normativa educativa no se limitan a garantizar el acceso al sistema general: exigen ajustes razonables, apoyos personalizados, identificación de barreras, participación de las familias y propuestas pedagógicas pensadas según la trayectoria del estudiante.

Dicho de otro modo, el derecho no exige solamente permitir el ingreso, sino remover obstáculos concretos. La rampa, la comunicación aumentativa, la anticipación visual, la flexibilización de tiempos o la organización del aula no son concesiones de buena voluntad: son condiciones para que el derecho pueda ejercerse en serio.

Porque una cosa es ubicar a una persona dentro de una institución y otra, bastante más exigente, es preguntarse qué tiene que transformar esa institución para que la persona pueda participar efectivamente de ella.

En ese punto, el autismo permite observar con especial claridad la diferencia entre presencia e inclusión. Y allí también puede resultar útil mirar el modelo TEACCH.

El enfoque TEACCH, desarrollado originalmente por la Universidad de Carolina del Norte, resulta útil como ejemplo: organiza el entorno, anticipa la jornada, usa apoyos visuales y busca hacer más comprensible el ambiente para favorecer la autonomía.

Pero no hace falta convertirlo en una bandera ni suponer que una sigla puede responder a toda la diversidad del autismo.

Pero TEACCH resulta interesante por otra razón, porque obliga a formular una pregunta incómoda: ¿Quién debe adaptarse a quién?

Durante mucho tiempo, buena parte de nuestras instituciones fueron construidas alrededor de una idea bastante silenciosa de normalidad. El espacio funciona de determinada manera, las consignas se dan de determinada forma, los tiempos se organizan de determinada manera y las personas deben aprender a desenvolverse dentro de ese esquema.

Quien puede hacerlo, entra. Quien no puede, suele recibir ayuda para parecerse todo lo posible a quien sí puede, a quien encaja.

Pero la perspectiva jurídica contemporánea sobre discapacidad introduce una alteración profunda en ese razonamiento. La dificultad no está necesariamente ubicada sólo dentro de la persona. También puede aparecer en la interacción con un entorno que no contempla determinadas formas de comunicarse, comprender, desplazarse, aprender o participar.

Y por eso la inclusión no puede reducirse a compartir un espacio físico.

Una escuela puede tener a un alumno con autismo sentado en el aula durante cinco horas y, aun así, mantener intactas todas las barreras que dificultan su participación.

Puede haber inclusión administrativa sin inclusión pedagógica.

Inclusión en la matrícula y exclusión en la experiencia.

Ese es el punto en el que la discusión deja de ser exclusivamente educativa y se vuelve jurídica.

Argentina cuenta con normas relevantes en materia de discapacidad: la Ley 24.901, el marco específico sobre trastornos del espectro autista y, desde agosto de 2026, un Plan Nacional del Trastorno del Espectro Autista.

El problema aparece cuando esos reconocimientos no se traducen en financiamiento, equipos, formación y apoyos concretos. Entonces la discusión deja de ser meramente contable: también obliga a preguntarse si el ahorro fiscal puede justificar el debilitamiento de apoyos destinados a garantizar derechos fundamentales, más aún cuando desde el Estado se pretende recortar y eliminar del presupuesto 2027 prestaciones que son el núcleo de protección de estos derechos.

No se trata de negar que los recursos son finitos, sino de evitar que esa escasez funcione como argumento automático para vaciar derechos previamente reconocidos.

Una ley puede reconocer un apoyo y un plan puede fijar objetivos nacionales; pero en el medio aparece una persona concreta, una escuela concreta, una familia, un equipo terapéutico y recursos siempre limitados.

Y es exactamente en ese punto donde la palabra “inclusión” deja de ser una declaración y empieza a ser una práctica.

Hay personas con necesidades de apoyo muy diferentes, con distintos modos de comunicarse, procesar estímulos, organizar actividades, relacionarse y afrontar cambios. Esas características tampoco permanecen necesariamente iguales durante toda la vida.

Por eso quizá la pregunta equivocada sea si Argentina debería adoptar TEACCH como modelo de enseñanza. La pregunta más interesante es otra:

¿Nuestro sistema está preparado para dejar de pensar la inclusión en serie?

TEACCH puede aportar herramientas en determinados casos. Otros enfoques podrán aportar otras. El punto jurídicamente relevante no debería ser la fidelidad a una sigla, sino la capacidad de evaluar necesidades individuales, seleccionar apoyos adecuados, revisar resultados y modificar las estrategias cuando sea necesario.

Eso exige algo mucho más difícil que adherir a un método, exige mirar a la persona.

También exige aceptar que inclusión no significa necesariamente hacer exactamente lo mismo, de la misma manera, al mismo tiempo y bajo idénticas condiciones.

La igualdad jurídica nunca significó negar las diferencias, porque muchas veces exige precisamente reconocerlas.

Hay allí una paradoja que merece ser pensada: una inclusión que se niega a admitir diferencias puede terminar exigiéndole a la persona con discapacidad que haga, ella sola, todo el trabajo de incluirse.

El alumno está dentro del aula, pero es él quien debe soportar el ruido. Está incluido, pero es él quien debe comprender una consigna que nadie adaptó. Está incluido, pero depende durante toda la jornada de alguien que traduzca un entorno que sigue funcionando exactamente igual que antes de su llegada.

Existen límites institucionales, pedagógicos, profesionales y materiales; pero reconocer esos límites no debería servir para desactivar el derecho, sino para discutir con mayor seriedad qué apoyos son necesarios, viables y evaluables.

La discusión seria empieza cuando dejamos de elegir entre consignas cerradas —“inclusión siempre” o “la inclusión no funciona”— y preguntamos qué necesita concretamente esa persona, qué barreras enfrenta, qué apoyos tienen fundamento, quién debe proporcionarlos y cómo sabremos si funcionan.

La pregunta es cuánto estamos dispuestos a comprender, ajustar y transformar para que incluir signifique algo más que abrir una puerta.

Porque estar adentro no siempre es pertenecer…y ubicar nunca debería confundirse con incluir.

 

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

últimas noticas

Una justicia sin consecuencias

Por José Mariano. «Que la discordia, insaciable de males, no brame jamás en esta ciudad.» Esquilo,...

Ciudades inteligentes II

Por Marcela Zadoff. La ciudad que no llega Dentro del sistema de ciudad inteligente (aquella que...

La revolución 3.0

Por Enrico Colombres. “La libertad individual es el límite sagrado en que termina la autoridad...

Las miradas que complacen

Por Fernando Crivelli Posse. “La verdad deja de ser una búsqueda cuando comienza a depender...

Más noticias

Una justicia sin consecuencias

Por José Mariano. «Que la discordia, insaciable de males, no brame jamás en esta ciudad.» Esquilo,...

Ciudades inteligentes II

Por Marcela Zadoff. La ciudad que no llega Dentro del sistema de ciudad inteligente (aquella que...

La revolución 3.0

Por Enrico Colombres. “La libertad individual es el límite sagrado en que termina la autoridad...